COMUNICADO DEL CONSEJO DE SECRETARIOS, INTERVENTORES Y TESOREROS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL DE LAS ILLES BALEARS EN RELACIÓN A DETERMINADAS ENMIENDAS PARLAMENTARIAS DE MODIFICACIÓN DE LA LEY 7/1985, DE 2 DE ABRIL, REGULADORA DE LAS BASES DE RÉGIMEN LOCAL

Actualmente se está tramitando en el Congreso de los Diputados un proyecto de ley resultante del Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre, en el que se contienen determinados preceptos que afectan y modifican el régimen jurídico vigente de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional (FHN).

En su tramitación se han presentado, entre otras, las enmiendas núm. 158 y 194, que de prosperar supondrían una alteración sustancial del citado régimen jurídico de los FHN que diseña el texto actual de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local (LRBRL).

Ante esta situación que afecta a nuestro colectivo, y pulsada la opinión de nuestros colegiados, la Junta de Gobierno de este Consejo de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de las Illes Balears (CSITAL IB) desea expresar el siguiente

COMUNICADO:

1. Consideramos que el contenido de las enmiendas núm. 158 y 194 presentadas en la tramitación del proyecto de ley resultante del Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre, actualmente en tramitación en el Congreso de los Diputados, suponen una alteración gravosa y perjudicial del vigente régimen jurídico de los FHN que diseña la LRBRL por cuanto su eventual aprobación implicaría una ruptura del mismo orientada a una fragmentación no deseada de esta Escala.

2. Al mismo tiempo, y como acicate para reforzar el actual sistema de implantación territorial estatal que ha demostrado su validez durante los últimos cien años, conminamos al Ministerio del ramo competente para que arbitre, de manera urgente, las medidas precisas para combatir el déficit de la gran cantidad de plazas vacantes existentes, incluyendo necesariamente entre las mismas su compromiso de aprobar anualmente unas Ofertas de Empleo Público que en ningún caso sean inferiores a 100 para cada una de las Subescalas y categorías que integran nuestra Escala de FHN.

3. Dar traslado de este comunicado al Consejo General de los Colegios de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local, como órgano supremo de nuestra organización colegial, a los efectos su gestión oportuna.